La EPICONDILITIS es una patología frecuente que surge por la inflamación de los tendones de la parte lateral del codo .
Se origina por movimientos repetitivos de flexión y extensión del codo cuando se sujeta algún objeto con la muñeca, por lo que es común en personas que usan frecuentemente destornilladores, taladros, martillos neumáticos, etc.
El síntoma principal es el dolor. Generalmente, ocurre en la parte exterior del codo y, algunas veces, en el antebrazo y la muñeca.
Para disminuir el dolor y la inflamación, se puede recurrir a diferentes métodos:
Uso de frio local
Fármacos antinflamatorios/analgésicos
Uso de coderas de refuerzo
DENUNCIA DE LA ENFERMEDAD
Si presentas síntomas que pueden haber surgido en tu puesto de trabajo, debes DENUNCIARLO (mas info aqui) en tu ART, quien debe brindarte:
Atención Médica (sin costo – 100% gratuita)
Estudios Médicos (sin costo – 100% gratuita)
Gastos de Traslado
y si quedasen secuelas, debe INDEMNIZARTE (prestaciones dinerarias)
Si NO lo hace, es TU DERECHO recurrir a la Comisión Médica de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) para que determinen tu INCAPACIDAD y la consecuente INDEMNIZACIÓN
IMPORTANTE
1.- No hay riesgo de perder el trabajo, porque los trámites y reclamos son únicamente ante la ART o SRT, NUNCA ANTE EL EMPLEADOR
2.- Es habitual que la ART RECHACE este tipo de enfermedades invocando que NO TIENEN VINCULACION CON EL TRABAJO.
No dudes en CONSULTARNOS … Luego puede ser tarde
Actividades laborales propensas a causar epicondilitis:
- Trabajos que implican movimientos repetitivos con la muñeca y el codo:
- Trabajos manuales en construcción: Los albañiles, carpinteros y pintores que realizan movimientos repetitivos de la muñeca y el codo, como el uso de herramientas manuales o la repetición de ciertos movimientos, son propensos a desarrollar epicondilitis.
- Operadores de maquinaria: Aquellos que operan máquinas o herramientas que requieren movimientos repetitivos del codo, como taladradoras, sierras o prensas, también están en riesgo.
- Trabajadores en líneas de ensamblaje: Las tareas repetitivas de ensamblaje que involucran movimientos de muñeca y torsión también pueden causar epicondilitis, especialmente si se realiza por largos períodos de tiempo.
- Deportes y actividades físicas:
- Tenis: El codo de tenista es una de las causas más conocidas de epicondilitis. Los tenistas, especialmente aquellos que tienen un estilo de juego agresivo con golpes fuertes, están en mayor riesgo debido al movimiento repetitivo de la muñeca y la torsión del codo.
- Golf: En los golfistas, los movimientos repetitivos del codo al golpear la pelota también pueden causar epicondilitis, especialmente si la técnica no es adecuada o si se ejerce presión excesiva sobre el codo.
- Lanzadores de béisbol: Los lanzadores de béisbol son vulnerables a desarrollar epicondilitis debido a los movimientos repetitivos y de alta fuerza de lanzamiento que involucran el codo y la muñeca.
- Otros deportes: Otros deportes como el pádel, squash o voleibol, que también requieren movimientos de alta frecuencia con los codos y muñecas, pueden provocar epicondilitis.
- Trabajos en el sector salud:
- Fisioterapeutas y masajistas: Los fisioterapeutas, especialmente aquellos que trabajan con técnicas manuales que requieren el uso repetido de las manos y los codos, son propensos a sufrir epicondilitis. Esto se debe a la constante presión y torsión de la muñeca y el codo durante las sesiones de tratamiento.
- Enfermeros y auxiliares: Los trabajadores de salud que levantan o mueven pacientes, o que realizan movimientos repetitivos con las manos y los brazos, también están expuestos a esta condición, aunque el riesgo es menor que en otros sectores más físicamente demandantes.
- Trabajo en el sector de la manufactura:
- Operadores de maquinaria y ensambladores: Las personas que trabajan en la industria de manufactura o en la producción de piezas a menudo realizan movimientos repetitivos con el codo y la muñeca, lo que puede provocar la aparición de epicondilitis debido a la sobrecarga de los músculos del antebrazo.
- Trabajo administrativo o de oficina:
- Trabajos de oficina: Aunque no es tan común como en los trabajos manuales o deportivos, los trabajos de oficina pueden contribuir al desarrollo de epicondilitis, especialmente si se pasa mucho tiempo usando el teclado y el ratón sin tomar descansos adecuados, lo que puede generar tensiones en la muñeca y el codo.
- Sector agrícola:
- Agricultores y jardineros: Los trabajos agrícolas, como la cosecha o la utilización de herramientas manuales, también pueden causar epicondilitis, ya que muchas de estas tareas requieren movimientos repetitivos del codo, como los que se hacen al podar o trabajar con herramientas de mano.
- Trabajos que requieren el uso de herramientas manuales:
- Carpinteros: Los carpinteros y otros profesionales que usan herramientas manuales (como martillos, sierras y taladros) en actividades repetitivas, especialmente aquellas que implican la torsión del codo, son vulnerables a desarrollar epicondilitis.
- Pintores y decoradores: Los pintores y decoradores que realizan trabajos que implican el uso prolongado de pinceles o brochas, así como movimientos repetitivos del codo, también corren el riesgo de desarrollar esta patología.
—————————————————————–
¿QUÉ INDEMNIZACIÓN CORRESPONDE?
Al respecto lo primero que debe saber que las indemnizaciones por accidentes laborales no son fijas, sino que en virtud del daño que nos ocasione, o a las secuelas que nos queden por esa lesión, va a fijar un porcentaje de incapacidad, y en base a este porcentaje, abonará o no una indemnización.
La misma va a depender de las siguientes variables:
EDAD del trabajador/a al momento de sufrir el accidente de trabajo, o al momento de la primera manifestación invalidante (para el caso de las enfermedades profesionales);
INGRESO BASE, que es el promedio de los últimos 12 salarios actualizados por RIPTE o durante el tiempo que efectivamente trabajó, con más intereses;
“Debido a esto, es que dos personas que hayan tenido una misma lesión y pueden cobrar distintas indemnizaciones”
PORCENTAJE DE INCAPACIDAD que se fije. El cual va depender de las secuelas incapacitantes de cada caso concreto
- Epicondilitis leve (sin complicaciones graves):
- Porcentaje de incapacidad: 5% a 10%
- En casos de epicondilitis leve, donde el dolor es ocasional o se presenta solo en situaciones de esfuerzo, el porcentaje de incapacidad es bajo. Generalmente, no hay grandes limitaciones para las actividades laborales cotidianas, aunque puede haber molestias durante movimientos repetitivos o esfuerzos intensos.
- Epicondilitis moderada (con dolor constante o limitación funcional):
- Porcentaje de incapacidad: 15% a 25%
- Si la epicondilitis está más avanzada y presenta dolor constante o limitaciones más evidentes, el porcentaje de incapacidad puede aumentar. En este caso, puede ser difícil realizar ciertas actividades que involucren la extensión del codo o la torsión de la muñeca durante un tiempo prolongado, lo que puede afectar tareas laborales que requieran estos movimientos.
- Epicondilitis severa (con limitación funcional significativa o incapacidad para realizar ciertas actividades):
- Porcentaje de incapacidad: 30% a 40%
- En el caso de una epicondilitis severa, donde el dolor es intenso y constante, y la capacidad de realizar movimientos de la muñeca o codo se ve notablemente limitada, el porcentaje de incapacidad puede ser mayor. La persona podría tener dificultades para realizar actividades que impliquen el uso repetido del codo y la muñeca, y en algunos casos, la incapacidad puede superar el 30%.
- Epicondilitis crónica o que no responde al tratamiento (con limitación funcional grave):
- Porcentaje de incapacidad: 40% a 50%
- En los casos crónicos de epicondilitis que no responden bien al tratamiento conservador, como fisioterapia o medicamentos, y que resultan en dolor persistente o una pérdida significativa de la función del codo, el porcentaje de incapacidad puede ser más alto. Esto se aplica especialmente a aquellos que no pueden realizar tareas que impliquen movimientos repetitivos de la muñeca y el codo, o que dependen de la flexibilidad de estos para desempeñar sus funciones laborales.
Cálculo de incapacidad
El porcentaje final de incapacidad se determina considerando el grado de dolor y limitación funcional que presenta la persona, así como el impacto que tiene en su capacidad de realizar tareas laborales. La evaluación debe basarse en pruebas clínicas y funcionales, que permitan determinar el grado de pérdida de capacidad de realizar actividades laborales que requieran el uso del codo y la muñeca.
___________________________________________________
Así también, varía el monto de la INDEM NIZACION FINAL, si se acepta el monto ofrecido por las ART en las Comisiones Médicas, o se sigue el proceso judicial.
Por ello, y a los fines de lograr la mejor indemnización posible, siempre va a resultar fundamental contar con el asesoramiento de un abogado laboral especializado que cuente en su staff con médicos legistas, que acompañe durante todo el procedimiento, ya sea ante las juntas médicas para evaluar su incapacidad, como también ante la justicia del trabajo.
————————————————————————————————————————
PASOS A SEGUIR EN CASO QUE SUCEDA:
1.- DENUNCIA ANTE LA ART: para mas info CLICK AQUI
Mientras dure la licencia, es importante enfocarse principalmente en la RECUPERACION.
No obstante, recomendamos contar desde un primer momento con el asesoramiento de un abogado especialista en accidentes de trabajo que los vaya guiando a lo largo del reclamo y defienda sus derechos.
2.- ALTA MEDICA:
Notificada el Alta, la ART debe dentro de los 20 días siguientes debe iniciar el trámite para determinar su porcentaje de incapacidad y establecer cuál será la indemnización que la ART debe pagarle.
Atencion: Es muy importante que antes de recibir el alta definitiva, el trabajador ya haya resuelto qué abogado lo va a asistir en el trámite para el cobro de la indemnización, puesto que a los pocos días de esa alta va a llegarle una carta documento para que:
– Elija la Comisión Médica (la de su domicilio o la del trabajo).
Informe los datos del abogado que ha elegido.
– Adicionalmente, es posible que la ART se comunique por Whatsapp!, mensaje de texto (SMS), telefónicamente o por carta, citándolo a una revisación médica para llegar a un preacuerdo respecto a la incapacidad, y a esa cita también deberá asistir con abogado
– La Superintendencia de Riesgos del Trabajo lo citará a una junta médica a la que se debe asistir OBLIGATORIAMENTE con un abogado (si usted no tiene uno, CONTACTENOS AQUÍ).
– Si fuera necesario, la junta médica dispondrá la realización de estudios médicos. Además, pueden producirse y ofrecerse otro tipo de pruebas.
– El dictamen de la Comisión Médica -determinando o no un porcentaje de incapacidad- será emitido dentro de un plazo de 60 días contados desde la primera presentación. Este acto debe ser notificado al trabajador y su abogado dentro de tres días.
– Una vez consentido este procedimiento, la SRT citará al trabajador, su abogado y a la ART a una audiencia (por el momento virtual) en la que se le informará cuál es la indemnización que se le ofrece. Si acepta esa suma, el procedimiento finaliza con acuerdo y el importe es depositado dentro de los cinco días de notificada su homologación. Si el trabajador no acepta, puede recurrir a la Justicia para obtener lo que en realidad le corresponde (Juicio por accidente MAS INFO AQUI)
Que tal , me llamo Sebastián. Sufrí de epicondilitis finales de Octubre y estuve 2 meses de licencia médica , resolvieron darme el alta y al ingresar nuevamente al trabajo me despidieron. Hoy sufro las secuelas de esa enfermedad todavía , y no se que hacer . GRACIAS
Estimado buenas tardes.
Entendido perfectamente.
Le recomendamos que de inmediato contrate un abogado laboral para que reclame los derechos que le corresponden tanto de lo vinculado con la relación en sí como por lo de la epicondilitis.
Desconocemos en qué localidad trabaja, nosotros somos un estudio jurídico especializado en esos temas pero solo
Actuamos en la Provincia de Santa Fe.