INDEMNIZACIÓN ¿CUANTO SE PAGA POR PUNTO DE INCAPACIDAD?
No hay un valor establecido por punto de incapacidad laboral definitiva que se aplique por igual a todos los casos de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, ya que debe aplicarse una fórmula establecida por la ley que posee variables.
Estas variables son: la
EDAD del trabajador/a al momento de sufrir el accidente de trabajo, o al momento de la primera manifestación invalidante (para el caso de las enfermedades profesionales);
INGRESO BASE, que es el promedio de los últimos 12 salarios actualizados por RIPTE o durante el tiempo que efectivamente trabajó, con más intereses;
PORCENTAJE DE INCAPACIDAD que se fije
Debido a esto, es que dos personas que hayan tenido una misma lesión, (rotura de meniscos o rotura de ligamentos cruzados o fractura de dedo o fractura de tibia, peroné, etc) pueden cobrar distintas indemnizaciones, ya que si bien el porcentaje de incapacidad establecido por la tabla de incapacidades (baremo) va a ser el mismo, pueden variar la edad y los salarios percibidos.
Así también, varía el monto de la indemnización, si se acepta el monto ofrecido por las ART en las Comisiones Médicas, o se sigue el proceso judicial.
Por ello, y a los fines de lograr la mejor indemnización posible, siempre va a resultar FUNDAMENTAL contar con el asesoramiento de un abogado laboral especializado que cuente en su staff con médicos legistas, que acompañe durante todo el procedimiento, ya sea ante las juntas médicas para evaluar su incapacidad, como también ante la justicia del trabajo.