Es una de las consultas habituales en los temas laborales.
Se trata de aquellos casos en que el empleador, de palabra, le informa al trabajador que prescinde de sus servicios.
Frases como:
– “a partir de mañana ya no vengas a trabajar”
– “en estos días te va a llegar el telegrama, te podes ir”
– “ya no te vamos a necesitar”
– este es tu último día de trabajo”
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…innumerables frases que en fin significan lo mismo … ”E͟͟S͟͟T͟͟A͟͟S͟͟ D͟͟E͟͟S͟͟P͟͟E͟͟D͟͟I͟͟D͟͟O͟͟“
Ahora bien, a los ojos de la ley, el despido NO TENDRÁ EFECTOS hasta tanto se haya notificado de manera fehaciente, es decir, por correo.
En otras palabras, CON EL DESPIDO VERBAL NO ESTÁ LEGALMENTE DESPEDIDO.
Éste, se configura sólo con la recepción de la CARTA DOCUMENTO, la que a su vez determina la fecha exacta del despido, importante a la hora de realizar el cálculo de la liquidación final que debe cobrar por el fin de la relación laboral
IMPORTANTE: Este tipo de documentos requieren la firma del interesado para poder recibirlo. Si no hay nadie en casa, el oficial del correo dejará un aviso por debajo de la puerta, indicando en cual sucursal y cuanto tiempo estará a su disposición esta carta para que pase a retirarla personalmente con su DNI.
Recibido el despido verbal entonces, hay que estar ATENTOS a la recepción del despido formal desde el correo.
Si pasan algunos días y esto no sucede, será importante ACTUAR para evitar posibles problemas
Para ello, EL TRABAJADOR deberá enviar un TELEGRAMA LABORAL (es gratuito) por correo, solicitando al empleador que le aclare su situación laboral, y dejar en claro que en caso de no recibir respuesta, Usted se considerará despedido, es lo que se conoce como DEPIDO INDIRECTO. A partir de este momento, queda habilitada la instancia judicial para el reclamo de la INDEMNIZACION RESPECTIVA (ver en que consiste esta click aqui)
¿Pero, es necesario todo esto?
SÍ! y sobremanera. En caso de dejar pasar el tiempo sin darle importancia a este tema, podría suceder que su derecho a INDEMNIZACION CORRA PELIGRO.
CUANDO EL TRABAJADOR NO ESTA REGISTRADO (EN NEGRO), el despido SIEMPRE va a ser VERBAL.
En estos casos, CON MÁS RAZÓN se debe enviar telegrama si se quiere cobrar indemnización.
SI ESTÁ EN ESTA SITUACIÓN NO DUDES EN CONSULTARNOS … PODERMOS ASESORARTE