En Argentina, la relación laboral en la industria de la construcción está regulada principalmente por el Estatuto de la Industria de la Construcción (Ley 22.250). Este establece normativas específicas, dejando la Ley de Contrato de Trabajo (Ley 20.744) para su aplicación supletoria cuando el estatuto no cubre algún aspecto.
En cuanto a la finalización de la relación laboral, es importante conocer cómo se maneja el Fondo de Cese Laboral, que reemplaza la indemnización por antigüedad que recibirían otros trabajadores.
¿Qué es el Fondo de Cese Laboral y Cómo Funciona?
El Fondo de Cese Laboral (Art. 15) es un aporte obligatorio que el empleador debe realizar mensualmente desde el inicio de la relación laboral. Este fondo tiene como objetivo compensar al trabajador al finalizar su vínculo laboral, ya sea por despido sin causa, despido con causa o renuncia (NUNCA SE PIERDE).
• Durante el primer año, el aporte será del 12% de la remuneración mensual que percibe el trabajador.
• A partir del segundo año, el aporte se reduce al 8%.
¿Dónde y Cuando se Depositan los Aportes del Fondo de Cese Laboral?
Los depósitos deben realizarse en cuentas bancarias a nombre del trabajador y están sujetos a la reglamentación del Banco Central de la República Argentina (BCRA), específicamente la Comunicación “A” 6341 de 13/10/2017. Estos depósitos deben efectuarse dentro de los primeros 15 días del mes siguiente al que corresponde la remuneración.
¿Cuándo se Cobra el Fondo de Cese Laboral?
Según el Artículo 17 del Estatuto, el trabajador podrá disponer del Fondo de Cese Laboral al finalizar la relación laboral. El empleador tiene la obligación de entregar la libreta de aportes con los depósitos acreditados y actualizados dentro de las 48 horas posteriores a la finalización del vínculo.
¿Qué Sucede Si el Empleador No Paga el Fondo de Cese Laboral?
Si el empleador incumple con el pago del fondo, el trabajador tiene derecho a iniciar una acción judicial para reclamarlo. Además, si el trabajador intima al empleador por telegrama laboral a pagar en un plazo de 2 días hábiles, el empleador podría ser obligado a pagar una indemnización adicional. Esta indemnización será determinada por la autoridad judicial, y no podrá ser inferior a 30 días de salario ni superior a 90 días.
ACTUALIZACION del Fondo de Cese Laboral: LO QUE MUCHOS DESCONOCEN
Es importante resaltar que la ley 22.250 establece que los aportes deben mantenerse actualizados, adaptándose a las variaciones del poder adquisitivo de la moneda.
Esto se logra mediante cuentas bancarias que garanticen el mejor rendimiento posible, según lo estipulado en el artículo 15 y regulado por el BCRA.
Si el empleador no realiza el depósito a tiempo (15 días después del pago), la deuda se incrementará según la variación del Índice de Precios Mayoristas del INDEC. Por ejemplo, si el índice aumenta un 50%, la deuda también crecerá un 50%.
Prohibición de Pago Directo: ¿Cuándo se Puede Realizar?
La regla general es la prohibición de pago directo del fondo. Sin embargo, existe una excepción en el artículo 17: el pago directo solo es posible cuando la relación laboral se encuentra extinguida y corresponde solo a la parte proporcional del fondo por los últimos días trabajados, si el plazo de depósito aún no ha vencido.
¿Qué Ocurre Si el Trabajador No Está Registrado (En Negro)?
Si el trabajador no fue registrado adecuadamente, es decir, está en negro, es evidente que el empleador nunca abrió una cuenta bancaria para el depósito del Fondo de Cese Laboral. En este caso, el pago directo será la única opción, y el trabajador deberá reclamar ante el empleador.
Otros Rubros a Pagar al Finalizar el Vínculo Laboral
Al finalizar la relación laboral, el empleador debe abonar también otros conceptos establecidos en la Ley de Contrato de Trabajo (Ley 20.744):
• Días trabajados en el mes del despido
• Aguinaldo proporcional del semestre en curso
• Vacaciones proporcionales generadas en el año en curso
Conclusión
El Fondo de Cese Laboral es una herramienta clave para proteger los derechos de los trabajadores en la industria de la construcción al finalizar su relación laboral.
Es fundamental que tanto empleadores como trabajadores estén informados sobre los aportes obligatorios, su actualización y los plazos establecidos para evitar conflictos legales.
Si tienes dudas o necesitas asesoramiento sobre el Fondo de Cese Laboral o cualquier otro aspecto de la legislación laboral en la construcción, no dudes en contactarnos.