INDEMNIZACIÓN ROTURA DE MENISCOS – ACCIDENTE LABORAL ARGENTINA

INDEMNIZACIÓN ROTURA DE MENISCOS

Los ligamentos como los meniscos son piezas del engranaje que forman la rodilla y generalmente pueden romperse o desgarrarse por sucesos que acontecen en el trabajo (accidente) o en el trayecto de ida o regreso al mismo (accidente in itinere), como por el uso exigido y/o muy excesivo de los mismos (enfermedad laboral).

Actualmente, son las lesiones que con mayor frecuencia sufren los trabajadores en Argentina y por lo que recibimos consultas en nuestro Estudio Jurídico.

En caso de ocurrencia de esta patología estos son los pasos a seguir:

1.- DENUNCIA ANTE LA ART: para mas info click aquí

2.- ALTA MEDICA:

Notificada el Alta, la ART debe dentro de los 20 días siguientes debe iniciar el trámite para determinar su porcentaje de incapacidad y establecer cuál será la indemnización que la ART debe pagarle.

Atencion: Es muy importante que antes de recibir el alta definitiva, el trabajador ya haya resuelto qué abogado lo va a asistir en el trámite para el cobro de la indemnización, puesto que a los pocos días de esa alta va a llegarle una carta documento para que:

– Elija la Comisión Médica (la de su domicilio o la del trabajo).

Informe los datos del abogado que ha elegido.

– Adicionalmente, es posible que la ART se comunique por Whatsapp!, mensaje de texto (SMS), telefónicamente o por carta, citándolo a una revisación médica para llegar a un preacuerdo respecto a la incapacidad, y a esa cita también deberá asistir con abogado

Los pasos son los siguientes:

– La Superintendencia de Riesgos del Trabajo lo citará a una junta médica a la que se debe asistir OBLIGATORIAMENTE con un abogado (si usted no tiene uno, CONTACTENOS AQUÍ).

– Si fuera necesario, la junta médica dispondrá la realización de estudios médicos. Además, pueden producirse y ofrecerse otro tipo de pruebas.

– El dictamen de la Comisión Médica -determinando o no un porcentaje de incapacidad- será emitido dentro de un plazo de 60 días contados desde la primera presentación. Este acto debe ser notificado al trabajador y su abogado dentro de tres días.

– Una vez consentido este procedimiento, la SRT citará al trabajador, su abogado y a la ART a una audiencia (por el momento virtual) en la que se le informará cuál es la indemnización que se le ofrece. Si acepta esa suma, el procedimiento finaliza con acuerdo y el importe es depositado dentro de los cinco días de notificada su homologación. Si el trabajador no acepta, puede recurrir a la Justicia para obtener lo que en realidad le corresponde (Juicio por accidente mas info aqui).

¿QUÉ INDEMNIZACIÓN CORRESPONDE POR UNA ROTURA DE MENISCOS?

Al respecto lo primero que debe saber que las indemnizaciones por accidentes laborales NO SON FIJAS. Es decir, no es que un menisco tenga un valor, un ligamento cruzado otro valor, una fractura de tibia otro, etc., SINO QUE DEPENDEN DE COMO SE MANIFIESTE LA LESION EN CADA PERSONA.

Veanse los PORCENTAJES DE INCAPACIDAD por LESIONES MENISCALES según POR BAREMO LABORAL – POR ACCIDENTE DE TRABAJO – DECRETO 659/96

  • SÍNDROME MENISCAL CON SIGNOS SUBJETIVOS: 0 %
  • SÍNDROME MENISCAL CON SIGNOS OBJETIVOS (HIDRARTROSIS, HIPOTROFIA MUSCULAR, BLOQUEO MANIOBRAS): 8-10 %
  • MENISCECTOMÍA SIN SECUELAS: 3-6 %
  • MENISCECTOMÍA CON HIDRARTROSIS, HIPOTROFIA MUSCULAR: 10-15 %
  • HIDRARTROSIS CRÓNICA: 5 – 8%

Otro punto IMPORTANTE, tampoco, hay un valor establecido por punto de incapacidad laboral definitiva que se aplique por igual a todos los casos de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, ya que debe aplicarse una fórmula establecida por la ley que posee variables.

Estas variables son: la

EDAD del trabajador/a al momento de sufrir el accidente de trabajo, o al momento de la primera manifestación invalidante (para el caso de las enfermedades profesionales);

INGRESO BASE, que es el promedio de los últimos 12 salarios actualizados por RIPTE o durante el tiempo que efectivamente trabajó, con más intereses;

PORCENTAJE DE INCAPACIDAD que se fije. El cual va depender de las secuelas incapacitantes de cada caso concreto

Debido a esto, es que dos personas que hayan tenido una misma lesión y pueden cobrar distintas indemnizaciones”

Así también, varía el monto de la indemnización, si se acepta el monto ofrecido por las ART en las Comisiones Médicas, o se sigue el proceso judicial.

Por ello, y a los fines de lograr la mejor indemnización posible, siempre va a resultar fundamental contar con el asesoramiento de un abogado laboral especializado que cuente en su staff con médicos legistas, que acompañe durante todo el procedimiento, ya sea ante las juntas médicas para evaluar su incapacidad, como también ante la justicia del trabajo.

¡Contáctenos hoy mismo! En TARDIVO & MANCINI ABOGADOS (con actuación en Provincia de Santa Fe) puede encontrar al mejor abogado de Accidentes de Trabajo y enfermedades Profesionales para recibir la compensación laboral que le corresponde.

 

12 comentarios de “INDEMNIZACIÓN ROTURA DE MENISCOS – ACCIDENTE LABORAL ARGENTINA

  1. Matias fonseca dice:

    Hola buenos días yo me rompí los menisco en el trabajo me operan el viernes que paso tengo que seguir

    • Tardivo & Mancini Abogados dice:

      Estimado buenos días. Hasta tanto a ud la ART no le notifique el ALTA MÉDICA, desde el punto de vista legal no hay nada preventivo que realizar. Eso si, cuando la tenga (ALTA MÉDICA), debe buscar representación legal para que lo asesoren en el trámite que debería iniciarse en comisión médica para la determinación de su real incapacidad como consecuencia del accidente.
      Para cualquier inquietud contáctenos vía WhatsApp al 3425139111

  2. Daniel dice:

    Buenas consulta llevo juicio hace once años por la rodilla, me dieron 19 porciento de incapacidad, mi abogada en su momento pidió 277 mil pesos
    A hoy que monto me corresponde
    Gracias

    • Tardivo & Mancini Abogados dice:

      Estimado buenos dias
      El calculo se realiza teniendo en cuenta varias cuestiones: Edad al momento del siniestro, su remuneracion (12 meses anteriores al siniestro) y el porcentaje de incapacidad.
      Con esos datos se calcula con la siguiente formula:

      53 x VMIB (*) x porcentaje de Incapacidad x 65 / Edad a la PMI

      (*) Valor Mensual del Ingreso Base: Promedio de remuneraciones sujetas a aportes de los doce (12) meses anteriores a la PMI, divido por los días corridos, y multiplicado por el factor 30,4.

      Cualquier duda puede contactarnos por Whatsapp aqui: https://api.whatsapp.com/send?phone=5493425139111&text=Hola

      Esperamos le haya sido de ayuda.
      Saludos cordiales
      Si le sirvió la respuesta, por favor calificar la atención en el siguiente link https://goo.gl/rh6u19

    • Alejandro dice:

      Hola yo me rompí los meñisco en el trabajo y me despidieron y estaba en negro q debo hacer ya q no me indemnizaron trabaje dos años en negro de chófer de camión

      • Tardivo & Mancini Abogados dice:

        Estimado buenos dias.
        Ud. puede reclamar por esa lesion meniscal. QUe haya estado en negro no lo impide.
        Para ello, le recomendamos que contrate un abogado laboral especialista en accidentes de trabajo
        Nosotros trabajamos en Provincia de Santa Fe, cualquier cosa contactenos por Whatsapp.

        Esperamos le haya sido de ayuda.
        Saludos cordiales.
        Si le sirvió la respuesta, por favor calificar la atención en el siguiente link https://goo.gl/rh6u19

    • Gustavo dice:

      Hola qué tal? El año pasado tuve un accidente de camino al trabajo, me rompí el ligamento cruzado y meñisco de la rodilla derecha ( al momento del accidente tenía 29 años ) me operaron en mayo y me dieron el alta en diciembre2023, quisiera saber cuánto más o menos me corresponde.

      • Tardivo & Mancini Abogados dice:

        Estimado buenos dias.
        Para el calculo de su indemnización se necesita saber: porcentaje de incapacidad resultante (ya que el tipo de lesion que refiere puede ir de 10% a un 40%) y las remuneraciones por ud. percibidas en los doce (12) meses anteriores al mes en que le sucedió el accidente laboral.

  3. Soy Ezequiel dice:

    Hola fui operado de meniscos en febrero del 2023 por desgarros posterior del menisco interno que porcentaje me corresponde

    • Tardivo & Mancini Abogados dice:

      Estimado buenos días.
      En primer lugar debe saber que para el calculo de una indemnización influye varios factores, el primero y mas importante es el porcentaje de incapacidad resultante siendo que puede ir desde 0% a 15% aproximadamente, lo cual es determinado por médicos legistas. En este punto le recomendamos que se asesore con abogados laborales especialistas en accidentes, siendo que los mismos cuentan con profesionales de esa especialidad. (NOSOTROS TRABAJAMOS EN PROVINCIA DE SANTA FE)
      Ahora bien, luego que el porcentaje esta determinado, debe seguirse utilizarse la siguiente formula para el calculo:

      53 x VMIB (*) x porcentaje de Incapacidad x 65 / Edad al momento del accidente

      (*) VMIB: Valor Mensual del Ingreso Base: Es el Promedio de remuneraciones sujetas a aportes de los doce (12) meses anteriores a la PMI, divido por los días corridos, y multiplicado por el factor 30,4.

      Cualquier duda puede contactarnos por Whatsapp aqui: https://api.whatsapp.com/send?phone=5493425139111&text=Hola

      Esperamos le haya sido de ayuda.
      Saludos cordiales.
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  4. María sol elia dice:

    Buen día mi marido quisiera saber si tiene rotura ligamento pero no se operó esto paso ayer … Tiene 25 años con dos años de trabajo y gana x mes 550 mil

    • Tardivo & Mancini Abogados dice:

      Estimada buenos días.
      Tal y como lo explicamos en la publicación, las indemnizaciones no son fijas, sino que dependen de cada caso en concreto, siendo que las lesiones ligamentarias no son todas iguales:
      Para determinar el porcentaje es necesario que sea evaluado por medico legista especialista en medicina laboral.

      PORCENTAJES GENERICOS DE INCAPACIDAD DE RODILLA POR ROTURA DE LIGAMENTOS según BAREMO LABORAL – POR ACCIDENTE DE TRABAJO – DECRETO 659/96

      INESTABILIDAD INTERNA SIN HIPOTROFIA NI HIDRARTROSIS, POR LESIÓN DE LIGAMENTO LATERAL INTERNO: ENTRE UN 10 –15%
      INESTABILIDAD INTERNA CON ATROFIA, HIDRARTROSIS Y ALTERACIONES EN LA MARCHA: ENTRE UN 15 – 25%
      INESTABILIDAD ANTERIOR O POSTERIOR SIN ATROFIA NI HIDRARTROSIS POR LESION LIGAMENTO CRUZADO ANTERIOR O POSTERIOR: ENTRE UN 10 – 15%
      INESTABILIDAD ANTERIOR Y POSTERIOR CON ATROFIA, HIDRARTROSIS Y ALTERACIONES EN LA MARCHA: ENTRE UN 15 – 25%
      INESTABILIDAD EXTERNA SIN HIPOTROFIA NI HIDRARTROSIS, POR LESIÓN DE LIGAMENTO LATERAL EXTERNO: ENTRE UN 10 – 15%
      INESTABILIDAD EXTERNA CON ATROFIA, HIDRARTROSIS Y ALTERACIONES EN LA MARCHA: ENTRE UN 15 – 25%
      INESTABILIDAD COMBINADAS: 30%
      INESTABILIDAD COMBINADAS CON HIPOTROFIAS E HIDRARTROSIS: 40%

      Saludos cordiales.-

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