Rechazo de la denuncia – Accidente Laboral – Enfermedad Profesional Tramite Comisión Medica – Santa Fe

¿La ART rechazó tu denuncia de accidente laboral o enfermedad profesional? Te ayudamos a defender tus derechos en Santa Fe

Si sufriste un accidente de trabajo o una enfermedad profesional y la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) rechazó tu denuncia, es fundamental que conozcas los pasos a seguir para proteger tus derechos. En Tardivo & Mancini Abogados, somos especialistas en derecho laboral y te brindamos asesoramiento legal para que puedas hacer valer tus derechos.

¿Por qué puede rechazar la ART tu denuncia?

La ART puede rechazar la denuncia de accidente laboral o enfermedad profesional por diversas razones, siendo la más común la alegación de que el hecho no tiene vinculación con el trabajo. Sin embargo, este rechazo no siempre es correcto y puede ser impugnado.

Procedimiento para impugnar el rechazo

Si la ART rechazó tu denuncia, podés iniciar el trámite ante la Comisión Médica correspondiente a tu domicilio o lugar de trabajo. Para ello, necesitarás presentar la siguiente documentación:

  • Copia del DNI del trabajador.

  • Denuncia del siniestro ante la ART.

  • Copia de la carta de rechazo emitida por la ART.

  • Formulario de opción de competencia territorial de la Comisión Médica Jurisdiccional.

  • En caso de optar por el domicilio del empleador, deberás completar el Formulario Res. SRT 11/18 o, en su defecto, constancia del empleador según Res. SRT 698/17.

  • Presentación escrita con información personal y del accidente o enfermedad profesional.

  • Copia del DNI del abogado patrocinante.

  • Copia de la matrícula provincial (no federal) del abogado patrocinante.

  • Escrito donde se relaten los hechos, conforme lo establecido en la Res. SRT 899/17, firmado por el trabajador y el letrado patrocinante. Se podrá prescindir de la firma del trabajador solo en aquellos casos en los cuales el letrado sea también apoderado y se encuentre debidamente acreditado el apoderamiento.

  • Designación de patrocinio letrado (escrito de designación de letrado por parte del trabajador) o poder especial otorgado ante autoridad competente (escribano o judicial).

Plazos y tiempos del trámite

El trámite ante la Comisión Médica puede llevar hasta 60 días hábiles contados a partir del inicio presencial del trámite, según lo establecido en la Ley Nacional Nº 27.348, artículo 3. Si se excede este plazo, el trabajador debe requerir el pronunciamiento correspondiente por un plazo de 10 días hábiles, vencido el cual queda habilitado para entablar demanda ante la Justicia Ordinaria, conforme al Art. 15 de la Ley N° 14.004 de la provincia de Santa Fe.

¿Qué hacer si no estás de acuerdo con el dictamen?

Si no estás conforme con el dictamen de la Comisión Médica, podés apelar ante la Comisión Médica Central (Buenos Aires) o recurrir a la Justicia Ordinaria Laboral (Provincial). El plazo para apelar es de 2 años desde la notificación del dictamen.

¿Necesitás ayuda?

Si estás atravesando una situación similar, no dudes en contactarnos. En Tardivo & Mancini Abogados, contamos con amplia experiencia en casos de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales en Santa Fe. Te ofrecemos asesoramiento legal gratuito y te acompañamos en todo el proceso para garantizar que recibas la atención médica y la indemnización que te corresponden.

 

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